Seniat Acarigua invita al amigo contribuyente declarar y pagar el ISLR antes del 31-M

CRN.- El ISLR es el impuesto directo por excelencia en todo Sistema Tributario, en Venezuela existe desde 1943, se basa en la obligación de pagar impuesto sobre las ganancias efectivamente determinadas, en el término de un año económico (Capacidad Contributiva de cada sujeto) que tiene todo contribuyente persona natural o jurídica, por haber realizado actividades económicas, vale decir industriales, comerciales y de servicios independientes o bajo relación de dependencia, que le generen un incremento de patrimonio.

¿Quiénes declaran y pagan este impuesto? ¿Cuánto ingreso deben devengar para pagar este impuesto? 

Declaran Las personas naturales quienes han obtenido un enriquecimiento neto superior a 1.000 UT (Bs. 400,00). Las personas naturales que han obtenido ingresos brutos superiores a 1.500 UT (Bs. 600,00) y las personas jurídicas no importa el monto de sus operaciones, vale decir, deben declarar con independencia del monto de los enriquecimientos obtenidos o de las pérdidas sufridas.

En entrevista especial para el Circuito Regional de Noticias, Òscar Jiménez, jefe del Sector de Tributos Internos en Acarigua mencionó que los requisitos para declarar son: estar inscrito en el RIF, conocer su usuario y clave, conocer la cuantía real de sus ingresos, costos y gastos, tener actualizadas las cargas familiares en el caso de las personas naturales.

El Impuesto Sobre La Renta de personas naturales se puede pagar hasta en 3 porciones; la primera porción se pagará dentro de los 3 meses siguientes a la culminación del ejercicio económico del respectivo contribuyente, por lo tanto, si el ejercicio culminó el 31-12-2024 tendrá plazo para declarar y pagar hasta el 31-03-2025.

Asimismo, para aquellos contribuyentes que realicen actividades industriales, comerciales y de servicios cuyo ejercicio económico no coincide con el año civil (enero-diciembre) el plazo para declarar y pagar, de ser el caso, vence 3 meses después de la culminación de su correspondiente ejercicio económico.

Las vías de comunicación con el SENIAT para recibir orientación a la hora de declarar son:

  • Portal SENIAT: www.seniat.gob.ve
  • Línea telefónica: 0-8000SENIAT (0-8000-736428)
  • Correo electrónico: asiste@seniat.gob.ve
  • Personalmente: En cualquiera de nuestras sedes
  • X: @seniat_oficial
  • Instagram: @Seniat_oficial

Un contribuyente en caso de omitir el pago del ISLR, en el término de un (1) año, será sancionado con una multa por omisión de pago, del monto adeudado por cada día de retraso hasta un máximo de 100%, sumándole los intereses moratorios que esta infracción genera. Asimismo, un contribuyente en caso de omitir el pago del ISLR, fuera término de un (1) año, será sancionado con una multa adicional a la anterior.

Es de resaltar que, en todas las sedes de Tributos Internos del Servicio, que se encuentran desplegadas en todo el territorio nacional se estará realizando este procedimiento con un personal preparado y avocado en este período de ISLR, para asistir adecuada y oportunamente a todas las personas que se acerquen para resolver dudas, solucionar inconvenientes, obtener información o simplemente recibir asistencia directa y personalizada para la presentación de su declaración de Impuesto Sobre la Renta.

Circuito Regional de Noticias

Comparte el contenido

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *